Friday, November 25, 2011

Cuba y el Tribunal Supremo de Justicia


Secciones de algunos artículos relacionados con Cuba y la cultura del pueblo cubano, que por su contenido se pueden considerar educativos y por el tiempo de editados también históricos: “Santiago de Cuba, ciudad de cubanísimas reliquias”, “Cuba y su Jagüey de Yara” y “Cuba y el Tribunal Supremo de Justicia” “Capital de su Provincia de Oriente, a la antigua Ciudad de Santiago de Cuba que, con propiedad, ha sido llamada ciudad de cubanísimas reliquias, ya que ella sola es, de por sí, ciudad museo de la Perla de las Antillas y joyel vivo de la patria cubana. Así pues, el Adelantado Velázquez con esta cooperación, y la de los indios de su encomienda empezó a dar forma de ciudad a la que quedó constituida en Capital de la Isla de Cuba en 1515, título que conservó hasta aquel momento la Ciudad de Baracoa y que Santiago de Cuba no perdió hasta que S. M. el Rey de España no dividió a Cuba en dos gobernaciones, por cédula de 8 de octubre de 1607, siendo ellas las Ciudades de La Habana y de Santiago, si bien esta segunda quedaba supeditada a la primera. Es Santiago de Cuba una ciudad que sabe de asaltos de piratas y corsarios, que con sus teas y sus puñales incendiaban y mataban a cuantos a su paso se interponían y recuerda también que en 1662 estuvo un mes bajo el dominio de los extranjeros que acabaron con sus cañones y sus campanas, con tres naves surtas en su puerto y con su Castillo del Morro que volaron, destruyendo al mismo tiempo a su Primada Catedral. En pro de la cultura del país, es Santiago de Cuba la que acaba de conquistar, después de tenaz y constante lucha la formación de su Universidad que es la segunda de Cuba y de la que, sin duda alguna saldrán para gloria de los cubanos, ciudadanos conscientes y dignos que habrán de seguir las huellas de gloria que siempre han marcado la ruta de la ciudad centenaria.”...

“No siempre es la mente del hombre la que forja en su interior los monumentos que han de perpetuar en piedras lapidarias los recuerdos de pasadas glorias, de hechos heroicos y de rememoraciones históricas. Es, a veces, la Naturaleza la que se cuida de guardar celosamente recuerdos que para los pueblos resultan brillantes de su epopeya. Por lo menos, Cuba se cuenta entre las naciones que entre sus monumentos se pueden citar frondosos árboles que desafiando el tiempo y sus rigores han ido explicando a las generaciones la génesis de lo que es hoy la Patria Cubana. “En las tierras de Oriente, que son tierras de amor y de heroísmo, de esfuerzo y de trabajo, de Patria y de Libertad, puede el visitante enfrentarse con un Jagüey, mudo testigo del grito de guerra sintetizado en el sublime "Independencia o muerte" de los mambises; puede buscar la sombra de los frondosos e históricos Mangos de Baraguá testigos del inicio de aquella Invasión que llevando como jefe al Titán de Bronce llevó de uno a otro confín la Bandera de la Estrella Solitaria que iba dejando por donde pasaba una estela brillante de heroicidades que culminaron con la admiración del mundo entero en pro de la causa de Cuba y, por no citar más, puede extasiarse ante el "Arbol de la Paz" en las cercanías de la ciudad de Santiago de Cuba y bajo cuya coposa ceiba, que otro no era el árbol de referencia, el Mayor General John R. Brooke, Jefe de las fuerzas norteamericanas firmó el armisticio que suscribió el Capitán español Toral y que puede traducirse en aquellas famosas palabras pronunciadas por el Congreso Americano: "Cuba es y de derecho debe ser libre e independiente".”...

“El Tribunal Supremo de Justicia de la República de Cuba es el Organo Superior del Poder Judicial que es el tercero de los Poderes Públicos del Estado Cubano. A grandes rasgos se puede decir que lo integran: un Presidente que se denomina oficialmente Presidente del Tribunal Supremo; tres Presidentes de Sala y el número de Magistrados que determine la Ley que, en la actualidad, es de dieciocho. Todos sus miembros son nombrados por el Presidente de la República, pero tanto el Presidente del Tribunal como los Presidentes de Sala deben con anterioridad ser propuestos al Primer Magistrado de la Nación por el Pleno del Tribunal Supremo y posteriormente a su nombramiento o selección deben ser aceptados por el Senado de la República. Los Magistrados también son nombrados por el Ejecutivo Nacional, pero deben ser seleccionados, en cada caso, de una terna que presenta la Junta Electoral especial que integran nueve miembros, de los cuales tres los designa motu proprio el Presidente de la República, cuatro los designa el Tribunal Supremo de entre sus miembros y los dos restantes proceden de la Facultad de Derecho de la Universidad de La Habana.”...

No comments:

Post a Comment